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Atención novios: Permiso “Luna de Miel” quedó listo para ser ley

Martes, 8 de Julio de 2014

La Cámara de Diputados aprobó con 106 votos a favor el proyecto conocido como ley “Luna de Miel”, que establece 5 días de permiso pagados al trabajador que contrae matrimonio, adicionales a las vacaciones e independiente del tiempo que lleve en la empresa.

Con esta aprobación, culmina el trámite de la iniciativa en el Congreso, y la propuesta fue remitida al Ejecutivo para su promulgación y la firma de la Presidenta Michelle Bachelet.

Tras la votación, el presidente de la Comisión de Trabajo y firmante de esta iniciativa, Tucapel Jiménez (PPD), indicó que “queremos valorar profundamente la aprobación de este proyecto de ley porque en este país siempre nos hemos preocupado de los índices económicos, de los Tratados de Libre Comercio, pero nunca le damos la importancia necesaria a la protección y resguardo de las familias”.

En tanto, la diputada independiente Alejandra Sepúlveda destacó la ley, señalando que “nos parece muy interesante por la entrega de facilidades a las parejas para que se puedan casar (…) lo que más nos interesa es fortalecer a las familias y esta es una señal”.

Por su parte, el diputado y miembro de la Comisión de Familia, Ramón Farías (PPD) hizo un llamado a los empleadores a que esta ley no se convierta en “letra muerta” y que se los trabajadores tengan un descanso real de 5 días, “tal como se lo merece una pareja en una ocasión tan importante como es el matrimonio”

El proyecto que modifica el Código del Trabajo se originó en una moción presentada en junio de 2008 por los actuales senadores Carolina Goic (DC), Alfonso De Urresti (PS) y Pedro Araya (Ind), los diputados Denise Pascal (PS), Sergio Aguiló (IC), Tucapel Jiménez (PPD), Jorge Sabag (DC) y Mario Venegas (DC) y los ex parlamentarios Gonzalo Duarte (DC) y Alejandro Sule (PRSD).

CON CERTIFICADO

El proyecto establece que es el trabajador quien decidirá si este derecho de 5 días lo obtendrá antes o después del matrimonio, dando aviso a su empleador.

Para hacer valer el derecho, el trabajador deberá presentar dentro de los 30 días siguientes a la celebración del acto, el respectivo certificado de matrimonio del Servicio de Registro Civil e Identificación.
FUENTE. LA NACION.CL

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