A comisión mixta pasa proyecto que aumenta penas para conductores ebrios
A comisión mixta fue enviado el proyecto que endurece las penas contra conductores ebrios, bajo la influencia del alcohol o de estupefacientes y sicotrópicos, luego que la Cámara de Diputados rechazara una modificación hecha en el Senado relativa al procedimiento de detención y medidas cautelares para el vehículo.
Sin embargo, se aprobó la esencia de la iniciativa, que tiene que ver con el aumento de penas a conductores que han bebido, lo que se medirá con una vara más alta, en tanto se pasa a considerar que un conductor está en estado de ebriedad cuando presenta ya no 1 miligramo de alcohol por litro de sangre, como hasta ahora, sino 0,8. Se rebaja también el nivel de alcohol en la sangre para definir cuando alguien está bajo influencia del alcohol, lo que no será ya a partir de 0,5, sino desde 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre.
El ministro de Transportes, Pedro Pablo Errázuriz, destacó precisamente estos aspectos. “Tolerancia cero, que es el elemento principal, está aprobada por ambas cámaras, la multa y la retención de la licencia de por vida en el caso que un conductor cause un accidente fatal o con heridas graves, también. Así que en general estamos muy contentos”, indicó.
Respecto al punto que pasó a mixta, dijo estar de acuerdo con una revisión mayor de la norma. “Hay un solo punto en que existe una opinión en la Cámara de que se puede mejorar más el proyecto y nosotros compartimos esa opinión y por lo tanto ese punto va a ser discutido en comisión mixta”, apuntó.
La Cámara rechazó los artículos 197 bis y 197 ter propuestos por el Senado. El primero establece el procedimiento de detención de una persona cuando mediante alcohotest se le detecte un nivel de alcohol en la sangre superior a los 0,3 gramos, estableciendo además la retención del vehículo por parte de Carabineros para ponerlo a disposición del tribunal.
El segundo artículo rechazado en la Cámara determina penas alternativas como actividades en beneficio de la comunidad y charlas sobre los efectos del alcohol y las drogas para las personas cuya infracción no requiera una pena de privación de libertad.
El resto de las enmiendas fue aprobado por unanimidad, con 97 votos a favor, definiendo estado de ebriedad cuando el informe o prueba arroje una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo. Actualmente el valor es de 1,0 gramos.
Se entenderá que hay desempeño bajo la influencia del alcohol cuando el informe o prueba arroje una dosificación superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre. La ley ahora establece el parámetro entre 0,5 y 1,0 gramos.
Carabineros podrá someter a cualquier conductor a una prueba respiratoria u otra prueba científica, a fin de acreditar la presencia de alcohol en el organismo y su dosificación, o si maneja bajo la influencia del alcohol, estupefacientes, sustancias sicotrópicas o en estado de ebriedad. FUENTE. LA NACION.CL