Cámara de Diputados aprobó reajuste al sector público
VALPARAÍSO, noviembre 11.- Esta jornada la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el reajuste salarial de un 4,5% para el sector público propuesto por el Gobierno.
La iniciativa, aprobada por 73 votos a favor, 26 en contra y 2 abstenciones, otorga, a contar del 1 de diciembre de 2009, un reajuste general del 4,5% a las remuneraciones de la Administración Civil del Estado, del Congreso, de la Contraloría y organismos fiscalizadores, municipios y Fuerzas Armadas y de Seguridad y Orden.
El proyecto (boletín 6757) aprobado en general y en particular por la Cámara, también establece entre otros beneficios los aguinaldos de Navidad para el sector activo, así como para el personal de las universidades que reciben aporte fiscal directo, de los trabajadores traspasados a las municipalidades, de establecimientos particulares de enseñanza subvencionados, de educación técnico-profesional, colaboradores del SENAME, Corporaciones de Asistencia Judicial y de la Fundación de Asistencia Legal a la Familia.
Para ellos, el aguinaldo será de $37.277 para aquellos cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre del 2009, sea igual o inferior a $497.760 y de $19.779 para aquellos cuya remuneración líquida supere a tal cantidad, a esa misma fecha.
Aguinaldo de Fiestas Patrias
En tanto, el aguinaldo de Fiestas Patrias para el año 2010 será de $48.910 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2010 sea igual o inferior a $497.760 y de $34.069 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.
Bono de escolaridad
Asimismo, se otorga un bono de escolaridad no imponible, por cada hijo entre los cuatro y veinticuatro años de edad, que sea carga familiar reconocida por la ley, que se encuentre cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre-básica del primer y segundo nivel de transición, educación básica o media, educación superior o especial, con el objeto de paliar en parte los mayores gastos en que deben incurrir los funcionarios para financiar la educación de sus hijos.
El monto del bono asciende a la cantidad de $48.194, que será pagado en dos cuotas iguales de $24.097 cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del 2010.
Bonificación adicional al bono de escolaridad
A continuación, se concede una bonificación adicional al bono de escolaridad de $20.158 por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha de pago del bono los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $497.760.
Bono de escolaridad y bonificación adicional a los trabajadores no docentes
El proyecto, enseguida, otorga el bono de escolaridad y la bonificación adicional a este beneficio a los trabajadores no docentes que señala esta norma.
Bono de invierno para pensionados
El texto también concede, por una sola vez en el año 2010, a los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, a los pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, pensionados del sistema establecido en dicho decreto ley que se encuentren percibiendo aporte previsional solidario de vejez, y a los beneficiarios de pensiones básicas solidarias de vejez, un bono de invierno de $42.481.
Dicho bono se pagará en el mes de mayo del año 2010, a todos los pensionados antes señalados que el primer día de dicho mes tengan 65 o más años de edad.
Aguinaldo de fiestas patrias para pensionados
Se otorga además, a los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, que tengan algunas de estas calidades al 31 de agosto del año 2010, un aguinaldo de Fiestas Patrias de $13.407, el que se incrementará en $6.903 por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal.
Al mismo aguinaldo, con el incremento cuando corresponda, tendrán derecho quienes, al 31 de agosto del año 2010, tengan la calidad de beneficiarios de pensiones básicas solidarias y de quienes se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, quienes perciban un aporte previsional solidario, de las establecidas para las víctimas directas afectadas por las violaciones a los derechos humanos y/o violencia política y de las indemnizaciones a favor de los trabajadores del carbón.
Aguinaldo de Navidad para pensionados
De igual forma, se concede un aguinaldo de Navidad del año 2010 a todos estos pensionados, el que ascenderá a $15.379 por cada pensionado, incrementándose en $8.680 por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal.
Por otra parte, concede, por una sola vez, un bono no imponible a los trabajadores considerados en este proyecto de ley de $125.000 para quienes tengan una remuneración bruta de hasta $497.760, y de $75.000 para quienes perciban entre esa cifra y $1.672.889.
FUENTE. TERRA.CL
FOTO.REFERENCIAL.GOOGLE.CL






























