¿Qué es una pensión de gracia y quiénes pueden recibirla?
Alo largo de los años, las pensiones de gracia en Chile han recibido diferentes modificaciones en cuanto a las condiciones para su asignación.
No obstante, este beneficio no es nuevo en el país, ya que, conforme a lo descrito por el Ministerio del Interior y la Seguridad Pública, la primera vez que se entregó este dinero fue en 1836, razón por la que se le ha tenido que implementar cambios con el paso del tiempo.
¿QUÉ ES UNA PENSIÓN DE GRACIA?
La pensión de gracia es un beneficio económico otorgado por el Presidente de la República por un tiempo determinado o de manera vitalicia.
No obstante, su monto es variable, ya que, de acuerdo con lo indicado por el Ministerio del Interior y de la Seguridad Pública, este es fijado en ingresos mínimos no remuneracionales.
Además, este dinero no es heredable ni tampoco permite optar a la entrega de otros beneficios, como el bono de invierno, aguinaldo, asignaciones familiares o cuota mortuoria.
Finalmente, el Presidente de la República, para determinar la entrega de una pensión de gracia, el tiempo y monto, será asesorado por Comisión Especial creada para estos fines, quienes deberán evaluar cada caso para comprobar que no existan otras resoluciones.
Conoce quiénes pueden postular a una pensión de gracia. Foto archivo referencial.
Conoce quiénes pueden postular a una pensión de gracia. Foto archivo referencial.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?
Las personas que pueden solicitar la pensión de gracia, según la Subsecretaría del Interior, son las siguientes:
Personas que prestaran servicios distinguidos, o hayan realizado actos meritorios en beneficio del país.
Personas afectadas por catástrofes o accidentes, donde existen circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de la pensión.
Personas que se encuentren incapacitadas o con graves dificultades para ejercer una actividad remunerada que posibilite tanto su subsistencia como la de su grupo familiar.
Personas afectadas por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameriten la entrega de este beneficio.
La entidad explica que, en términos generales, la pensión de gracia no será entregada si es que los individuos pueden recibir los siguientes beneficios:
Pensiones básicas solidarias de vejez o invalidez.
Si es que cuentan con una pensión otorgada a través de AFP o del IPS.
En caso que la persona y su grupo familiar dependan de manera estable para su subsistencia de instituciones privadas o públicas.
Si es que cuentan con una pensión otorgada por una institución privada.
La renta o el patrimonio de la persona y su grupo familiar, permite cubrir sus necesidades de subsistencia.
¿CÓMO POSTULAR A UNA PENSIÓN DE GRACIA?
Para postular a una pensión de gracia, quien realiza la solicitud deberá enviar una carta al Presidente de la República a el Palacio de La Moneda.
En el escrito, conforme con lo explicado por la Subsecretaría del Interior, se tiene que indicar los datos completos, así como también el motivo por el que se desea solicitar el beneficio.
https://www.lacuarta.com/servicios/noticia/que-es-una-pension-de-gracia-y-quienes-pueden-recibirla/NYHGJXB2ZRGVJKQEKXTXQEVQUQ/
FUENTE- LA CUARTA.COM
MEDIO DE DIFUSION , SIN FIN DE LUCRO ALGUNO