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Vea en qué consiste la nueva ley de cobros de estacionamientos

Jueves, 15 de Septiembre de 2016

El Senado aprobó el miércoles, por 26 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención, el proyecto que regula la gratuidad de los estacionamientos y parquímetros en clínicas, hospitales y supermercados, entre otros recintos.

Previamente, la Cámara de Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas entre ambas cámaras del Congreso sobre la iniciativa, por lo cual la iniciativa quedó en condiciones de ser promulgada como ley.

Finalmente, no se aceptó la gratuidad de los primeros 30 minutos, pero se estableció que se cobrará por tramos de 10 minutos.

En lo fundamental el proyecto despachado dispone una serie de reglas comunes para todos los proveedores que ofrezcan estacionamiento de acceso al público en general, incluyendo los que se encuentren en la vía pública.

Se establece que el cobro por estacionamiento por períodos inferiores a 24 horas se podrá efectuar por minuto efectivo de uso del servicio, quedando prohibido el cargo por períodos, rangos o tramos de tiempo; o por tramo de tiempo vencido.

La parte que provocó polémica con los diputados fue la disposición que establece que no se puede establecer un periodo de gratuidad de media hora. Sin embargo, desde el minuto inicial los siguientes tramos a cobrar no podrán ser superiores a 10 minutos cada uno.

Además, cualquiera sea la modalidad de cobro que se utilice, el proveedor no podrá, bajo ninguna circunstancia, redondear o aproximar la tarifa al alza.

OTRAS DISPOSICIONES

También se dispone que los proveedores de estacionamiento podrán fijar un período de uso del servicio sin cobro, de acuerdo a sus políticas comerciales o a las condiciones de uso de dicho servicio.

Asimismo, si el consumidor pierde el comprobante de ingreso, el proveedor consultará sus registros con el fin de determinar de manera fehaciente el tiempo efectivo de utilización del servicio, para cobrar la tarifa correspondiente.

Se prohíbe el cobro de una tarifa prefijada, multas o recargos. En este caso, el proveedor deberá solicitar al consumidor cualquier antecedente que permita acreditar o identificar al propietario del vehículo.

También se establece que si debido a la falta de medidas de seguridad adecuadas se producen hurtos, robos o daño en el vehículo, el proveedor del servicio será civilmente responsable de los perjuicios causados al consumidor, independiente de la responsabilidad infraccional que corresponda de acuerdo a las reglas generales de la Ley del Consumidor. La propuesta invalida los letreros o declaraciones en los estacionamientos que eximen o limitan su responsabilidad por robo, hurto o daño en estos recintos.

Los derechos y obligaciones que establece la ley deberán estar publicados en los puntos de pago y en el ingreso del estacionamiento, haciendo mención del derecho del consumidor de acudir al Servicio Nacional del Consumidor o al Juzgado de Policía Local competente, en caso de infracción.

Las clínicas y hospitales no podrán realizar cobro alguno por los servicios de estacionamiento, cuando éstos sean utilizados en urgencias o emergencias y durante el tiempo que duren éstas o por pacientes que presenten dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento, circunstancia que deberá ser acreditada por el profesional a cargo del tratamiento o atención de salud.

Esta norma legal entrará en vigencia 90 días después de su publicación y se aplicará también a las concesiones de obras públicas vigentes que entre sus servicios cuenten con el de estacionamientos con cobro.
http://www.lanacion.cl/noticias/pais/congreso/vea-en-que-consiste-la-nueva-ley-de-cobros-de-estacionamientos/2016-09-15/091128.html
FUENTE. LA NACION.CL

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