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“Los que se coludan para perjudicar a los consumidores se exponen a ser investigados, llevados a juicio y estar en la cárcel”

Domingo, 21 de Junio de 2009

Por Carlos Pontigo

En términos sustanciales, el proyecto que impone penas por delitos contra la libre competencia -firmado por la Presidenta de la República- establece la penalización de los denominados “acuerdos colusorios” que afecten actividades económicas esenciales para el bienestar y calidad de vida de las personas, aplicando sanciones de reclusión que pueden ir desde presidio menor en su grado medio a máximo.

Actualmente, no existe en nuestra legislación una sanción penal para estos actos y son perseguidos por la Fiscalía Nacional Económica y resuelta- vía multa o sanción- por el Tribunal de la Libre Competencia.

El Ministro de Justicia, Carlos Maldonado, valoró el envío al Congreso Nacional de la indicación sustitutiva al proyecto que impone penas por delitos que atenten contra la Ley de Libre Competencia y que introduce sanción de cárcel para el delito de colusión. “Los que jueguen con los intereses de los ciudadanos, se aprovechen y coludan para perjudicar a los consumidores en bienes esenciales se exponen a ser investigados, llevados a juicio y a estar físicamente en la cárcel”, subrayó.

La iniciativa -que fue firmada por la Presidenta Bachelet este viernes- permitirá que los responsables directos de delitos a la regulación de la libre competencia, al momento de afectar materias esenciales para la ciudadanía como vivienda, salud, transporte o alimentación, entre otras, reciban sanciones establecidas en la legislación penal, que incluso pueden llegar a la privación de libertad.

Actualmente se sancionan estas conductas con multas, lo que se ha estimado insuficiente como mecanismo de disuasión cuando se trata de mercados muy sensibles para la población, como ocurrió con el caso de las farmacias en nuestro país. Por este motivo, el Ejecutivo decidió reestablecer la sanción penal para estos casos.

Esta indicación tipifica como delito el ilícito de colusión bajo determinados supuestos de especial gravedad cuando se cometen los hechos constitutivos de colusión con la finalidad de afectar actividades económicas consideradas esenciales. Esta conducta será sancionada con la pena de reclusión menor en su grado medio a máximo, es decir, de 540 a 5 años de cárcel para quienes hayan participado en el acto colusorio.

Además, establece que el delito sólo podrá ser perseguido previa querella del Fiscal Nacional Económico, pues se consideró que para la eficacia de la detección, cese y sanción penal de las conductas colusorias debía contarse con antecedentes suficientemente contundentes, como los que pueden obtenerse de una investigación desarrollada por la Fiscalía Nacional Económica. Esto es sin perjuicio de la persecución que el Fiscal Nacional Económico efectúe respecto del ilícito administrativo, ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Se mantiene así la distinción entre la responsabilidad administrativa y la responsabilidad penal, evitando la impunidad.

Un tercer aspecto de esta indicación es que se reconoce como causal de exención de responsabilidad penal la figura de la delación compensada para detectar, poner pronto término y en definitiva disuadir los acuerdos colusorios, se consideró fundamental que quienes entreguen a la Fiscalía Nacional Económica antecedentes suficientes para acreditar un cartel en el que ellos participan, puedan acceder al beneficio de la exención o reducción de la pena.

El Secretario de Estado manifestó que “quienes incurrieran en conductas tan graves y que provocaron tanto repudio en la ciudadanía -como fue la colusión para incrementar el precio de los remedios y perjudicar a los consumidores en un tema tan sensible como la salud- y quienes pueden incurrir en el futuro en prácticas como esa, en esa o en otras materias que son esenciales para la ciudadanía, no sólo van a exponerse a una sanción administrativa o a una multa cuantiosa, sino que los responsables directos van a pagar con cárcel”.

INFORMADO.
FUENTE. lanuevaopcion.cl
FUENTE. gobiernodechile.cl

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